Respuesta a las dudas sobre el Reglamento del Macfh Play
Estimados Socios:
En relación con las preguntas efectuadas por D. Antonio Hernández, el Comité de Competición de Match Play quiere concretar lo siguiente:
A) REFERIDO AL HANDICAP DE JUEGO
1º Cuando se confeccionó el Reglamento de Match Play, se consultaron diferentes documentaciones efectuadas por otros Clubes y Federaciones Territoriales de Golf de España, comprobando que en unos casos se jugaba con limitación de hándicap del ¾ y en otros casos se jugaba sin limitación y con el 100 % de hándicap.
En base a ello, el Comité de Competición acordó potenciar a los jugadores con hándicap más alto, de modo que los partidos se jugarían con el 100 % del hándicap y además se le añadiría el slope del campo.
Con el mismo espíritu de potenciar a los hándicaps altos, se acordó que no se aplicaría ninguna limitación de hándicap, en contraposición a lo que ocurre en los Torneo del Puerta del Sol que se limita el hándicap de Caballeros.
A título Informativo reseñar que el Libro Verde de la RFEG, regula la limitación del Handicap únicamente en el caso de los Macth por parejas y así consta en el Capitulo II- 7.2.2, referido a la Modalidad Cuatro bolas (Four Ball) y donde se aplicaría el 75 % de hándicap.
Por el contrario el Libro Verde la RFEG, regula en su apartado 7.1 Pruebas Individuales lo siguiente:
“d) Juego por Hoyos (macth play) hándicap. El jugador de hándicap de juego más alto recibirá la totalidad de la diferencia que tenga su hándicap de juego con el del contrario.
El Reglamento de Match del Puerta del Sol reguló textualmente:
7.3 HANDICAP DE JUEGO
• El hándicap de juego de cada jugador será aquel que resulte una vez aplicado el slope que fija cada campo de Golf.
• No habrá limitación de hándicap de modo que se intenta favorecer a los hándicaps ALTOS.
En definitiva se dejaba claro que se jugaba con el 100 % de hándicap.
B) REFERIDO A LOS PUNTOS DE VENTAJA A OTORGAR AL JUGADOR CONTRARIO EN CASO DE DIFRENCIA DE HANDICAP.
Es posible que en el Reglamento del Club de Golf Puerta del Sol no conste, si bien, reiterando el espíritu de beneficiar a los hándicaps altos, se aplicaría la normativa de la Federación Española de Golf por el cual:
LIBRO VERDE R.F.E.G. CAPITULO III-7 – SUGERENCIAS PARA LA ELABORACION DEL BAREMO LOCAL DE HANDICAPS
A título orientativo y pensando principalmente en la equidad de las pruebas match play, se sugiere a los Comités de los clubes el siguiente procedimiento para la elaboración del Baremo Local de hándicaps. Insistimos en que es solo una orientación, pues la fijación del orden de hándicap a cada hoyo no afecta al hándicap en sí.
En primer lugar, el Comité del club examinará el recorrido, hoyo por hoyo, teniendo en cuenta que el principio básico del hándicap es IGUALAR a los jugadores de distinto nivel de juego.
Por lo tanto, el punto de hándicap deberá concederse en el hoyo que más necesite el jugador de hándicap alto para obtener el empate en un Individual o foursome match play con el jugador de Handicap más bajo. Deberá tenerse más en cuenta a la hora de fijar los puntos, el que éste tenga más probabilidad de utilizarse para empatar que para ganar el hoyo.
En definitiva partiendo del hecho que el Comité no ha examinado el recorrido, se entiende con el principio de beneficiar al Hándicap Alto que el punto de hándicap deberá concederse en el hoyo que más necesite el jugador de hándicap alto para obtener el empate en un Individual.
En el supuesto planteado por Antonio, y aplicando ésta disposición del Libro Verde, se entiende que los puntos deberían darse en los hándicap 11 y 12 por tener más posibilidades el jugador de hándicap alto de empatar el hoyo que en los hándicap 1 y 2 que beneficia a los hándicap bajos.
COMITÉ DE COMPETICION MATCH PLAY PUERTA DEL SOL
